FORMACIÓN BONIFICADA PARA EMPRESAS
La formación bonificada (también conocida como formación continua o formación programada) es una herramienta a través de la cual las empresas pueden proporcionar a los trabajadores formación relacionada con el puesto de trabajo quedesempeñan lo que les permitirá actualizar conocimientos y mejorar sus competencias.
Se trata de una formación subvencionada, cuya principal característica es que es totalmente gratuita para los trabajadores y además no supone ningún coste para la empresa, el importe de la acción formativa es bonificable 100% en cuotas de la Seguridad Social hasta el tope del crédito asignado a la empresa.
Las empresas disponen de un crédito anual que depende del tamaño de la plantilla y de las cotizaciones que se hayan realizado en el año anterior, así como de la cantidad total aportada en concepto de formación profesional.
Para poder practicar las bonificaciones en Seguridad Social, las empresas
deben de cumplir una serie de requisitos:
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Estar al corriente con sus obligaciones de pago en Hacienda y Seguridad Social
Disponer de trabajadores en plantilla en Régimen General.
QUÉ EMPRESAS PUEDEN REALIZAR FORMACION
Todas las empresas españolas pueden realizar formación bonificada a sus trabajadores. Para ello disponen de un crédito anual que depende del tamaño de la plantilla y de las cotizaciones que se hayan realizado en el año anterior, así como de la cantidad total aportada en concepto de formación profesional.
Las empresas de nueva creación también pueden acceder a este tipo de formación, para lo que dispondrán de un crédito mínimo de 420 €, al igual que las pymes de hasta 5
trabajadores. De esta manera el gobierno garantiza el acceso a formación a los trabadores de pequeñas empresas.
El crédito que le corresponde a las empresas en función de su plantilla es el siguiente:
1 a 5 trabajadores: mínimo de 420 €
6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada
10 a 49 trabajadores: 75% de la cantidad cotizada
50 a 249 trabajadores: 60% de la cantidad cotizada
250 trabajadores en adelante: 50% de la cantidad cotizada.
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio se establece el crédito mínimo de formación.
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